Lineamientos para la Reforma del Sector Salud en la Asamblea Constituyente

¿Para que la Reforma Estructural del Estado?

La Asamblea Constituyente se instituye en el mecanismo participativo y democrático establecido por la Constitución Política del Estado para realizar su propia reforma total, es decir:

  1. Para implementar nuevas formas de relacionamiento entre la sociedad civil y el Estado.
  2. Para mejorar el desempeño del Estado con relación a las políticas publicas que contribuyan a atender los intereses de la sociedad multiétnica y pluricultural de Bolivia.
  3. Para encarar procesos civilizatorios a partir del accionar movilizador y reivindicativo de los sujetos sociales sobre la base de un plan de integración e interculturalidad.
  4. Para impulsar los mecanismos democráticos e institucionales con plena participación de la sociedad.
  5. Para posibilitar la distribución equivalente de los recursos
  6. Para que los sujetos sociales puedan generar un ámbito donde ejerzan sus costumbres y formas de vida, su espiritualidad de acuerdo a su visión del mundo.
  7. Para que no exista el monopolio de la representación, el monopolio de la tenencia de la tierra, el monopolio del capital, la privatización de los recursos naturales y el monopolio de la cultura.

Por tanto, la AC se reunirá durante un año, a partir del 6 de agosto del 2006, para otorgar nuevas normas fundamentales con la intención de dotar de mayor eficiencia al aparato estatal a través de, principalmente:

  • El reconocimiento de nuevas realidades económico-sociales (economía social de mercado, identidades culturales o nacionales).
  • La incorporación de nuevos mecanismos de participación popular (descentralización político-administrativa, asamblea constituyente, referendos, iniciativa legislativa ciudadana, etc.);
  • El establecimiento de nuevos órganos estatales (Corte Constitucional, Defensoría del Pueblo, etc.);

La adopción explícita de nuevos derechos fundamentales (derechos de tercera y cuarta generación como el derecho al medio ambiente, reproductivos, información) y principios de integración regional (supremacía de normas internacionales sobre el ordenamiento jurídico nacional)