Lineamientos para la Reforma del Sector Salud en la Asamblea Constituyente
¿Para que la Reforma Estructural del Estado?
La Asamblea Constituyente se instituye en el mecanismo participativo y democrático establecido por la Constitución Política del Estado para realizar su propia reforma total, es decir:
- Para implementar nuevas formas de relacionamiento entre la sociedad civil y el Estado.
- Para mejorar el desempeño del Estado con relación a las políticas publicas que contribuyan a atender los intereses de la sociedad multiétnica y pluricultural de Bolivia.
- Para encarar procesos civilizatorios a partir del accionar movilizador y reivindicativo de los sujetos sociales sobre la base de un plan de integración e interculturalidad.
- Para impulsar los mecanismos democráticos e institucionales con plena participación de la sociedad.
- Para posibilitar la distribución equivalente de los recursos
- Para que los sujetos sociales puedan generar un ámbito donde ejerzan sus costumbres y formas de vida, su espiritualidad de acuerdo a su visión del mundo.
- Para que no exista el monopolio de la representación, el monopolio de la tenencia de la tierra, el monopolio del capital, la privatización de los recursos naturales y el monopolio de la cultura.
Por tanto, la AC se reunirá durante un año, a partir del 6 de agosto del 2006, para otorgar nuevas normas fundamentales con la intención de dotar de mayor eficiencia al aparato estatal a través de, principalmente:
- El reconocimiento de nuevas realidades económico-sociales (economía social de mercado, identidades culturales o nacionales).
- La incorporación de nuevos mecanismos de participación popular (descentralización político-administrativa, asamblea constituyente, referendos, iniciativa legislativa ciudadana, etc.);
- El establecimiento de nuevos órganos estatales (Corte Constitucional, Defensoría del Pueblo, etc.);
La adopción explícita de nuevos derechos fundamentales (derechos de tercera y cuarta generación como el derecho al medio ambiente, reproductivos, información) y principios de integración regional (supremacía de normas internacionales sobre el ordenamiento jurídico nacional)